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MANOS LIMPIAS DENUNCIA A NUEVE CÓNSULES ESPAÑOLES POR IRREGULARIDADES EN LA CONCESIÓN DE NACIONALIDADES MEDIANTE LA «LEY DE NIETOS»
Manos Limpias pide a la Fiscalía Anticorrupción que investigue posibles delitos de falsedad documental y prevaricación. El sindicato denuncia la aprobación de expedientes con simples fotocopias, la aceptación de documentos ajenos a los requisitos legales y el grave peligro que estas actuaciones entrañan para la limpieza de las elecciones generales del 29 de noviembre.
MIGUEL BERNAD REMÓN.
El sindicato Manos Limpias, por medio de su secretario general, Miguel Bernad Remón, ha redactado una denuncia dirigida a la Fiscalía Especial contra la Corrupción y el Crimen Organizado contra nueve cónsules españoles destinados en Argentina, México, Cuba y Venezuela, a quienes atribuye graves irregularidades en la concesión de la nacionalidad española mediante la llamada «ley de nietos».
El escrito, fechado el 14 de octubre de 2026, solicita la apertura de una investigación penal por posibles delitos de falsedad en documento público y prevaricación administrativa, contemplados en los artículos 390, 391 y 404 del Código Penal.
La denuncia señala a los responsables consulares de Buenos Aires, Bahía Blanca, Córdoba y Rosario, en Argentina; Ciudad de México, Monterrey y Guadalajara, en México; La Habana, en Cuba; y Caracas, en Venezuela.
La cuestión es de extraordinaria gravedad: no hablamos de un simple retraso administrativo, de una equivocación al rellenar un impreso o de un funcionario que haya extraviado unos papeles. Hablamos de la concesión de la nacionalidad española, con los derechos que lleva aparejados, incluido el de participar en las elecciones y decidir quién gobierna España.
Y la nacionalidad española no es una estampita que se reparte a puñados, ni una mercancía que se despacha al por mayor para cumplir las órdenes del Gobierno.
Nacionalidades concedidas con simples fotocopias
Manos Limpias denuncia que numerosos expedientes se han aprobado sin las comprobaciones que corresponde realizar a las autoridades españolas.
Entre los hechos que pide investigar destaca la concesión de nacionalidades mediante la presentación de simples fotocopias, sin las debidas garantías sobre la autenticidad de los documentos y el cumplimiento de los requisitos exigidos.
El sindicato también denuncia la aceptación de expedientes basados en documentos correspondientes a emigraciones anteriores al 18 de julio de 1936, fecha a partir de la cual la instrucción de 2022 establece una presunción de exilio para determinados solicitantes.
Precisamente ahí reside una de las cuestiones que deben esclarecerse: si los funcionarios concedieron nacionalidades sin comprobar que quienes las solicitaban cumplían alguno de los requisitos establecidos por la ley.
La denuncia recuerda asimismo que diversos medios de información han recogido testimonios de personas que, mientras aguardaban en largas colas ante los consulados, reconocieron haber aportado documentos anteriores a aquella fecha.
También señala declaraciones de responsables consulares que habrían reconocido deficiencias en la tramitación, justificadas por la enorme cantidad de solicitudes recibidas.
Pero las prisas no convierten en verdaderos los documentos falsos, no dispensan de cumplir la ley y tampoco eximen de responsabilidad a quienes tienen la obligación de hacerla cumplir.
Si un funcionario no dispone de medios suficientes para comprobar un expediente, debe reclamar los medios necesarios. Lo que no puede hacer es dar por comprobado aquello que no ha comprobado.
La instrucción de Sofía Puente, en el centro de la controversia
La denuncia también señala la responsabilidad de la instrucción aprobada el 25 de octubre de 2022 por Sofía Puente Santiago, entonces directora general de Seguridad Jurídica y Fe Pública.
Dicha instrucción desarrolló la disposición adicional octava de la Ley de Memoria Democrática y estableció, entre otras medidas, que se presumiera la condición de exiliados de los españoles que abandonaron España entre el 18 de julio de 1936 y el 31 de diciembre de 1955.
El problema jurídico nace de una cuestión elemental: una instrucción administrativa no puede cambiar lo que establece una ley aprobada por las Cortes.
Y mucho menos puede servir para conceder derechos sin comprobar que se cumplen las condiciones exigidas para obtenerlos.
Manos Limpias considera que aquella instrucción abrió la puerta a una aplicación irregular de la ley y reclama que se examinen las actuaciones de quienes concedieron las nacionalidades.
No basta con mirar a los funcionarios que firmaron los expedientes. También hay que esclarecer quién dictó las órdenes, quién las transmitió y quién permitió que se aplicaran de semejante manera.
Porque cuando una irregularidad se repite en distintas oficinas de varios países, la investigación debe alcanzar tanto a quienes tramitaron los expedientes como a quienes establecieron las normas para hacerlo.
El Tribunal Supremo interviene ante el peligro de un censo electoral irregular
La denuncia llega en un momento especialmente delicado, tras las decisiones adoptadas por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo respecto de las inscripciones electorales vinculadas a la llamada «ley de nietos».
El alto tribunal ha mantenido la suspensión cautelar que afecta a 163.020 personas inscritas en el censo electoral de españoles residentes en el extranjero, aunque permite votar a quienes acrediten ante los responsables consulares que reúnen las condiciones legales correspondientes.
Los magistrados consideran necesario garantizar que las elecciones generales del próximo 29 de noviembre se celebren con un censo cuya exactitud y limpieza estén fuera de duda.
La cercanía de las elecciones agrava el problema.
El Gobierno y la Abogacía del Estado han alegado dificultades para revisar los expedientes a tiempo. Sin embargo, el Tribunal Supremo ha señalado que la Administración no puede invocar como excusa las dificultades provocadas por su propia falta de actuación.
La pregunta resulta inevitable: ¿cómo se ha llegado a unas elecciones generales sin poder distinguir con claridad qué nacionalidades se concedieron por cumplir directamente los requisitos de la ley y cuáles se apoyaron en la interpretación establecida por una instrucción administrativa?
Y otra pregunta no menos importante: ¿quién responde por ello?
La nacionalidad española no puede convertirse en un instrumento electoral.
Manos Limpias advierte en su denuncia de que las irregularidades señaladas pueden comprometer gravemente la limpieza de las elecciones generales.
No es una cuestión menor.
Quien adquiere la nacionalidad española obtiene derechos políticos que le permiten intervenir en las decisiones de nuestro país.
Por eso, otorgar una nacionalidad sin comprobar los requisitos legales no afecta únicamente a un expediente guardado en un consulado. Afecta al conjunto de los españoles y a la confianza que merecen las instituciones.
Unas elecciones libres exigen algo más que urnas, papeletas y mesas electorales.
Exigen saber quién tiene derecho a votar, por qué lo tiene y si ese derecho ha sido reconocido conforme a la ley.
Ningún Gobierno tiene derecho a modificar por la puerta de atrás las condiciones para adquirir la nacionalidad española, ni a servirse de instrucciones administrativas para hacer lo que la ley no permite.
Y ningún funcionario puede escudarse en el exceso de trabajo para incumplir sus obligaciones.
Manos Limpias reclama todos los expedientes
La petición de Miguel Bernad Remón es concreta.
El sindicato solicita que la Fiscalía Anticorrupción abra las correspondientes diligencias penales y, cuando proceda, lleve los hechos ante los juzgados competentes.
Pero, además, reclama una medida decisiva para esclarecer lo sucedido:
Que los nueve consulados señalados remitan a la Fiscalía todos los expedientes de nacionalidad aprobados al amparo de la «ley de nietos» y de la instrucción firmada por Sofía Puente.
Se trata de comprobar qué documentos se aportaron, cómo se verificaron, quién examinó las solicitudes y qué funcionarios autorizaron las concesiones.
Esa documentación permitirá averiguar si las nacionalidades se otorgaron conforme a derecho o si, por el contrario, se aceptaron solicitudes sin reunir las condiciones exigidas.
Y también permitirá determinar si hubo simples incumplimientos administrativos o conductas que merezcan una respuesta penal.
Ni las prisas justifican las irregularidades ni las órdenes eximen de responsabilidad.
La denuncia de Manos Limpias devuelve al primer plano una obligación que cualquier servidor público debería conocer desde el primer día: su deber es cumplir la ley, no satisfacer las conveniencias políticas de quienes gobiernan.
No vale alegar que había demasiadas solicitudes.
No vale invocar la falta de personal.
No vale refugiarse en unas instrucciones superiores.
Y mucho menos vale sostener que, como el procedimiento perseguía una finalidad considerada justa, podían pasarse por alto las condiciones establecidas para conceder la nacionalidad.
La ley no es un adorno que se cuelga en la pared del despacho.
Es precisamente lo que limita el poder de quienes gobiernan y de quienes actúan en su nombre.
Cuando se conceden nacionalidades, cuando se modifican los censos electorales y cuando está en juego la limpieza de unas elecciones generales, la obligación de comprobar los hechos resulta todavía más importante.
La nacionalidad española no se regala, no se improvisa y no se concede por decreto de conveniencia. Se reconoce cuando concurren los requisitos establecidos por la ley.
Manos Limpias exige que se investigue lo sucedido, que se examinen los expedientes y que respondan quienes hayan incumplido sus obligaciones.
Porque la democracia empieza mucho antes de introducir una papeleta en una urna.
Empieza por saber que quienes votan tienen derecho a hacerlo y que quienes gobiernan no pueden cambiar las reglas a su antojo.
Y si para saber quién tiene derecho a votar hay que revisar uno por uno los expedientes de nacionalidad, que se revisen. Todos. Sin excepciones.
La ley debe obligar tanto al ciudadano que solicita la nacionalidad como al cónsul que la concede, al alto funcionario que dicta las instrucciones y al ministro que responde de su aplicación.
De lo contrario, la ley deja de ser ley para convertirse en la voluntad de quien manda.
Y a eso, por mucho que se empeñen en adornarlo con discursos solemnes, difícilmente se le puede llamar Estado de derecho.
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